27 de marzo de 2008.
Notimex, La Crónica, La Jornada, Rumbo de México,
Diario de México, Unomásuno, Impacto, El Economista.

Confirman negativa de financiamiento para APN

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ratificó ayer que la ley niega el financiamiento público a las Agrupaciones Políticas Nacionales (APN), por lo que declaró "sin fundamento" los agravios por los que se responsabiliza al IFE de actuar de manera omisa, al no entregar los recursos que supuestamente les correspondían a dichas asociaciones.

Cuando la presidenta del Tribunal Electoral, María del Carmen Alanís, estaba a punto de emitir las sentencias de resolución, representantes de las APN, quienes se encontraban en el salón de sesiones, manifestaron su descontento e inconformidad, lo que estuvo a punto de propiciar un receso en la plenaria, que finalmente pudo continuar hasta su término.

La sala superior del Tribunal Electoral resolvió 39 recursos de apelación promovidos por diversas APN y determinó que la normativa electoral vigente no otorga a esas agrupaciones la prerrogativa de recibir financiamiento público.

Los proyectos de sentencia a los diferentes recursos promovidos ante el órgano jurisdiccional fueron elaborados por seis de los siete magistrados.

De esta manera, se confirmó por unanimidad que "no existe disposición expresa en virtud de la cual se ordene destinar este tipo de financiamiento a favor de las agrupaciones ciudadanas".

Las resoluciones a las demandas planteadas corresponden fielmente a la legislación secundaria, es decir el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), con el fin de suprimir el financiamiento público que las APN recibían conforme a lo establecido en la normatividad electoral anterior y que fue abrogada con la entrada en vigor de las nuevas normas.

Ello, por considerar que tal financiamiento no podía ser la causa de la cual dependiera la existencia o desaparición de esa forma de organización política, señalan los resolutivos.

Al final, a través de un comunicado, el Frente de Promoción y Defensa expresó su rechazo a las sentencias ya que "niegan los derechos y prerrogativas de conformidad con el artículo 41, fracción V, párrafo noveno de la Constitución".

Dicho frente consideró que el TEPJF, con su fallo, se aleja de los principios de imparcialidad y certeza que deben caracterizar a un órgano judicial encargado de impartir justicia.

http://www.cronica.com.mx/nota.php?id_nota=353941

http://www.rumbodemexico.com.mx/macnews-core00005n/notes/?id=129326

http://www.diariodemexico.com.mx/?module=displaystory&story_id=41175&format=html

http://www.jornada.unam.mx/2008/03/27/index.php?section=politica&article=010n5pol

 

 

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